REVISTA Nº 83                                               

RESUMEN:

¿Pueden los bosques litigar? La personalidad jurídica de partes de la naturaleza: una necesidad para la rea lización del derecho de protección del medio ambiente.

José María Lancho

En la presente crisis ecológica global, es necesario destacar la falta de eficiencia del derecho de protección del medioambiente. Esto puede explicarse por el tipo de técnica jurídica empleada por nuestra sociedad para la protección de la naturaleza y que responde a la equivocada concepción de considerar el derecho como un mero sistema axiomático. De la misma manera que no es posible garantizar un resultado social por medio exclusivo de una norma o conjunto de ellas, aún es más difícil lograr la finalidad de una norma de protección o conservación medioambiental sin la atribución de subjetividad jurídica a la partes de la naturaleza. La personalidad jurídica, aunque sea circunstancial, de partes de la naturaleza, es una necesidad para la realización del derecho en ese ámbito. Este artículo replantea desde nuevos puntos de vista la iniciativa emprendida en California en los años 60 del s. XX para reconocer personalidad jurídica a los árboles del Mineral King Valley y el ensayo de Ch. Stone para la Southern California Law Review que influyó en el Tribunal Supremo norteamericano hasta el punto de que tres de sus magistrados sostuvieran esta tesis.